El 1 de junio comienza la Época de Peligro Alto de Incendios Forestales

peligro alto

El Diario Oficial de Extremadura publicó ayer, 12 de mayo, la Orden por la que se declara Época de Peligro Alto de Incendios Forestales (EPA) del 1 de junio al 15 de octubre.  Mediante esta Orden el Plan INFOEX regula el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar riesgo de incendios forestales durante dicha época, y se desarrollan las Medidas Generales y las Medidas de Autoprotección.

Esta declaración se activa cuando, debido a las condiciones meteorológicas, los riesgos de que haya incendios forestales son potencialmente elevados y aconsejan un despliegue máximo de los medios antiincendios existentes en la comunidad. 

Durante la EPA, se establece una regulación más estricta de los usos del fuego y actividades de riesgo, prohibiéndose las quemas de restos vegetales, las piconeras y la realización de barbacoas u hogueras. Para la preparación de alimentos, se permiten únicamente los equipos de gas.

Otros usos del fuego, como la realización de hornos de carbón y carboneras tradicionales requerirán la autorización de la Junta de Extremadura, mientras que el lanzamiento de fuegos artificiales precisa de la autorización de las Entidades Locales.

Otras actividades de riesgo, como la utilización de maquinaria en terreno forestal y zona de influencia de 400 metros (como cosechadoras, empacadoras, segadoras rotativas, máquinas sobre cadenas, desbroces de matorral), requerirá de la formulación de declaración responsable cuando el índice de riesgo meteorológico de la AEMET sea muy alto o extremo.

La declaración responsable puede hacerse desde la web del INFOEX

No obstante, dicha declaración puede formularse de forma voluntaria desde la página web del INFOEX  donde se puede ver el índice de riesgo y observar las condiciones y medidas preventivas a aplicar (horario hábil, suspensión, medios de extinción y precauciones). Esta declaración responsable tendrá vigencia para toda la Época de Peligro Alto.

Por último, la Orden de Época de Peligro Alto detalla las medidas preventivas a aplicar en fincas sin obligación de contar con Plan de Prevención, entre las que destaca la realización de los tradicionales cortafuegos perimetrales.

Asimismo, se describen las medidas para la autoprotección de lugares vulnerables a los incendios forestales, como las viviendas y edificaciones aisladas, los tendidos eléctricos de particulares o las gasolineras y depósitos de combustible.

En cualquier caso, la prevención de los incendios forestales es una tarea común que conlleva responsabilidad individual y colectiva para evitar los siniestros, apoyar a los medios de extinción, autoprotegerse y disminuir los daños potenciales.

En verano, hay que extremar la precaución, evitar el uso del fuego y consultar las medidas preventivas para realizar actividades de riesgo con maquinaria.

 

 

 

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