La Guardia Civil interviene 116.060 euros sin declarar a dos personas procedentes de Lisboa

Agentes de la Guardia Civil de la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Cáceres, mientras realizaban un dispositivo de prevención en la A-5, identificaron a dos ocupantes de un vehículo y entre sus pertenencias localizaron 116.060 euros en billetes de diferentes cuantías.

Los hechos tuvieron lugar en la mañana del 14 de julio, cuando agentes de la Guardia Civil pertenecientes a la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Cáceres realizaban un dispositivo de prevención de seguridad ciudadana en la autovía A-5, dentro del término municipal de Trujillo.

En el operativo identificaron un vehículo cuyos dos ocupantes, de 51 y 33 años, viajaban sentido Madrid procedentes de Lisboa (Portugal). Tras realizar un registro superficial del vehículo y de sus pertenencias, los agentes hallaron en el interior de una riñonera y de una mochila, gran cantidad de billetes de curso legal.

Por esta razón, los ocupantes del vehículo fueron trasladados al puesto de la Guardia Civil de Trujillo, donde manifestaron no haber realizado la correspondiente declaración de movimiento de Medios de Pago y donde los agentesrecontaron dichos medios de pago, con la ayuda de una máquina contadora de dinero, arrojando el recuento la cantidad de 116.060 euros en billetes de diferentes cuantías.  Manifestaron, igualmente, que el dinero provenía de Lisboa y que la recaudación procedía de un casino.

Por todo ello, se procedió a levantar acta de intervención de los medios de pago, entregándose a los portadores la cantidad de 1000 euros en concepto mínimo de supervivencia y se les informó que los hechos podían ser constitutivos de una infracción administrativa recogida en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Importe igual o superior a 100.000 euros

El propietario del dinero deberá acreditar ahora su legal procedencia, sin perjuicio del expediente sancionador abierto, pudiendo suponerle una multa, si se demostrase la clara intención de ocultarlo o si no se acreditara debidamente su origen.

 

 

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