Aprobado el reglamento de la DOP Aceite Villuercas Ibores Jara

Tras obtener la Protección Nacional Transitoria a la Denominación de Origen Protegida “Aceite Villuercas Ibores Jara”, se abrió el proceso para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario, en cuyos trámites trabaja la agrupación promotora de esta DOP, habiendo presentado la propuesta de Reglamento de dicha DOP, que hoy publica el Diario Oficial de Extremadura (DOE) aprobado por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.

Según recoge el DOE, el pleno del Consejo Regulador deberá constituirse en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la designación, por la persona titular de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de las personas que hayan sido propuestas.

Posteriormente, tras otros diez días hábiles siguientes a su constitución, el Pleno del Consejo Regulador acordará la ratificación del reglamento provisional aprobado por el decreto o bien propondrá sus modificaciones.

En los dos años siguientes a la constitución del Pleno del Consejo Regulador se convocarán elecciones para la designación de sus integrantes, manteniéndose vigentes hasta la toma de posesión de sus miembros electos, las personas que hubieran sido nombradas según lo establecido en la normativa.

El Consejo Regulador es la entidad de gestión de la DOP, con naturaleza de corporación de derecho público, que velará por el prestigio y fomento de este sello de calidad; llevará los registros, establecerá los requisitos mínimos de los controles que deberán llevar las empresas; velará por el cumplimiento de la normativa de la DOP; investigará y difundirá el conocimiento y aplicación de los sistemas de producción, elaboración, transformación y comercialización propios, entre otras funciones.

En cuanto a los registros, el consejo recogerá tanto los de explotaciones de olivares, como de industrias almazaras y el de las industrias envasadoras y/o comercializadoras.

 

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