Los maestros no tendrán que estar en los centros durante las Actividades Formativas Complementarias

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La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ha suprimido la permanencia del profesorado por las tardes en los centros de Educación Infantil, Primaria y específicos de Educación Especial, durante el desarrollo de las Actividades Formativas Complementarias (AFC).

Para atender esas peticiones históricas, señalan desde la Consejería, propusieron a la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, celebrada el pasado 19 de junio, la modificación del Decreto 84/2014, de 20 de mayo, y tras su aprobación el Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este lunes la modificación.

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En este sentido, el DOE publica la reforma del Decreto 84/2014, de 20 de mayo, por el que se regulan las AFC en los centros de Educación Infantil, Primaria y específicos de Educación Especial, sostenidos con fondos públicos de Extremadura, y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de dichas actividades a los centros privados concertados de la Comunidad, además de aprobarse la convocatoria para el curso escolar 2024/2025.

Por un lado, explican, la primera adaptación consiste en suprimir el artículo 9 del referido decreto, dada la dificultad que se produce a la hora de gestionar la permanencia del profesorado en los centros educativos y su incongruencia con la regulación y situación actual.

Conforme al Decreto 7/2011, de 28 de enero, por el que se regula la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y Primaria, la permanencia del profesorado en horario de tarde en los centros públicos es ajena al desarrollo de las AFC, teniendo en cuenta a estos efectos, la Consejería, dotará a los centros públicos de los monitores necesarios para la realización de dichas actividades.

Nuevos proyectos de Actividades Formativas Complementarias

La segunda adaptación consiste en modificar el artículo 15, para que se puedan solicitar nuevos proyectos de Actividades Formativas Complementarias, con carácter previo a la finalización temporal de los que estuvieran vigentes.

Además, pretenden dar un conocimiento más amplio, al establecer la obligatoriedad de publicar en el DOE y en la página web de Educarex, la resolución por la que se convoque el procedimiento selectivo correspondiente.

La última adaptación se basa en modificar el artículo 19 incorporando un apartado quinto, para recoger el supuesto puntual de que existiera disponibilidad de recursos personales en algunas especialidades de AFC, dentro de una concreta zona educativa, y proceder a la redistribución de recursos en aras a una mejor aprovechamiento y racionalización de los medios disponibles que se encuentren vacantes.

 

 

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