Hiere a un perro con tres disparos de escopeta al adentrarse en su propiedad

Agentes de la Guardia Civil, del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de Coria, han investigado a un hombre, como supuesto autor de un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, en su variante de maltrato animal, por herir a un perro mediante tres disparos de escopeta.

El 21 de octubre, dentro del término municipal de Calzadilla, la propietaria del perro se encontraba en una finca con el animal, cuando este se introdujo en la finca colindante, donde su vecino, un hombre de 66 años de edad, efectuó tres disparos de escopeta contra el animal provocándole heridas de diversa consideración.

Los agentes del SEPRONA tras tener conocimiento de estos hechos, emprendieron las oportunas investigaciones que culminaron en la mañana del pasado 14 de noviembre, con la investigación del presunto autor material de los mismos, el cual, presuntamente y según el informe veterinario, habría producido un total de 15 heridas por impacto de proyectil en el animal herido.

El autor de los disparos está siendo investigado y se le atribuye la comisión de un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, en la modalidad de maltrato animal.

Las diligencias instruidas han sido entregadas en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de guardia, de los de Coria y en la Fiscalía de Medio Ambiente de Cáceres.

Regulación legal del delito de maltrato animal.

El delito de maltrato animal se regula en el artículo 337 del Código Penal y se castiga con una pena de prisión desde tres meses y un día a un año, y también con la inhabilitación de un año y un día a tres años, para el ejercicio de profesiones, oficios y comercios que tengan relación con la tenencia de animales, previéndose una agravación de la pena cuando, por el sujeto activo del delito, se lleven a cabo actuaciones de una crueldad especial, como son, entre otras, el uso de armas, instrumentos, objetos, medios o métodos que sean especialmente peligrosos para la integridad y la vida de los animales.

Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de estos.

 

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