Empresas y autónomos pueden preparar las solicitudes a la 2ª convocatoria de ayudas directas antes de abrirse el plazo


La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital pone en marcha la segunda convocatoria de las ayudas directas financiadas por el Gobierno de España y dirigidas a que las empresas y autónomos de la región puedan reducir el endeudamiento y satisfacer deudas y pagos pendientes, según el Decreto Ley 6/2021, publicado esta semana en el Diario Oficial de Extremadura (DOE). Las solicitudes con su correspondiente documentación podrán presentarse del 15 al 29 de septiembre.

La novedad en esta segunda convocatoria de ayudas es la ampliación de las actividades subvencionables abarcando a la práctica totalidad del tejido productivo. Quedan excluidas las actividades de la sección K de actividades financieras y de seguros, actividades asociativas y actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarios de esta segunda convocatoria los beneficiarios de las ayudas del Decreto ley 5/2021.

Las empresas interesadas en presentar su solicitud a la segunda convocatoria de ayudas directas a autónomos y empresas, pueden prepararla antes de abrir la convocatoria.

La presentación de la solicitud comenzará el día 15 de septiembre y finalizará el día 29 del mismo mes; realizándose  a través del portal https://ayudassolvenciacovid.juntaex.es pero se recomienda a los solicitantes preparar la documentación con antelación, ya que hay requisitos de carácter obligatorio como tener activo y vigente el certificado digital o estar al corriente de pagos con la Administración.

AYUDAS DE HASTA 200.000 EUROS

Las subvenciones tienen carácter finalista y deben destinarse a satisfacer las deudas y pagos pendientes con proveedores y acreedores financieros y no financieros, entre 1 de marzo 2020 y 31 de mayo de este año; y que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021 que estuvieran pendientes de pago a fecha 31 de mayo de 2021.

Las solicitudes, dependiendo de las características de cada empresa, podrán tener hasta un máximo de 200.000 euros de ayuda.

Puede ser una imagen de una persona y texto que dice "Ayudas directas para autónomos y empresas afectados por la covid >> SEGUNDA CONVOCATORIA Solicitud del 15 al 29 de septiembre ayudassolvenciacovid.juntaex.es"

Para obtener la condición de beneficiarios, las empresas, autónomos y profesionales, cualquiera que sea su forma jurídica, deben tener un centro productivo en Extremadura y desarrollar su actividad empresarial en alguno de los códigos CNAE recogidos en el nuevo Decreto Ley 6/2021.

Los beneficiarios deberán acreditar haber sufrido en el año 2020 una disminución de más de un 30% en el volumen de operaciones en comparación con el volumen de operaciones del año 2019, o haber aplicado el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los ejercicios 2019 o 2020.

TRAMITACIÓN TELEMÁTICA

La tramitación de estas ayudas es telemática a través del Portal Ayudas Solvencia COVID: https://ayudassolvenciacovid.juntaex.es

La plataforma de gestión de las ayudas ofrece información y recursos para que las empresas extremeñas puedan organizar la documentación necesaria para solicitar la ayuda en esta segunda convocatoria.

En la plataforma también está disponible toda la información y detalles acerca de las ayudas, el cálculo de la cuantía, así como el documento que cada beneficiario debe completar con las deudas y pagos pendientes y presentar con la solicitud de las ayudas.

En el momento de la solicitud la empresa debe presentar una declaración de deudas y pagos pendientes que cumplan los requisitos de la convocatoria.

También es posible gestionar desde la misma plataforma, el alta de un representante que actúe en nombre de la empresa para tramitar la solicitud.

 

 

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