Navalmoral presenta las ayudas municipales para autónomos y empresas

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El Ayuntamiento de Navalmoral informó el pasado viernes, tras la comparecencia en las redes con asistencia telemática de los medios de comunicación, sobre las ayudas municipales previstas para paliar la crisis económica provocada por el coronavirus. El consistorio arranca las ayudas tras el informe recibido de no duplicidad de acción pública en materia de subvenciones. El BOP publicó el día 8 de marzo las modificaciones de crédito y ahora hay que esperar a que se publique la convocatoria.

 

 

 

El Plazo estará abierto en el momento que el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres publique la convocatoria, por lo que las solicitudes registradas antes de esa publicación estarán fuera de plazo, según marca la Ley «La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.»

Se ha establecido un plazo de 15 días hábiles desde la publicación en el BOP para su tramitación correcta. La entrada de solicitudes se realizará por medios electrónicos habida cuenta de que la actual declaración del estado de alarma limita la circulación de las personas por las vías o espacios de uso público.

Las ayudas forman parte del programa RE-INICIA elaborado voluntariamente por el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata para ampliar las procedentes de otras Administraciones e Instituciones a autónomos y pequeñas empresas, ascienden a 350.000€.

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CUANTÍAS.

Se concederá una cantidad fija de 500 €para personas físicas y jurídicas con o sin trabajadores a su cargo cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto.

Se concederá una cuantía fija de 250 € a aquellas personas físicas o jurídicas cuando hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de, al menos, el 75% en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.

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Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad.

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INCREMENTO

La cantidad de 500 € o la de 250 € se incrementará sin que sean motivos excluyentes unos con otros en:

  1.     300 euros, a aquellos solicitantes que el local en que desarrollen la actividad se encuentre en régimen de alquiler.
  2.    100 euros, a aquellos solicitantes que el local en que desarrollen la actividad sea de su titularidad y se encuentre hipotecado y en periodo de amortización.
  3.    100 euros, a aquellos solicitantes con inicio de la actividad actual inferior a cinco años.
  4.   100 euros, en el caso depersonas trabajadoras autónomas que sean socias o miembros de órganos de entidades con personalidad jurídica (sociedades de capital, sociedades cooperativas, sociedades civiles, etc.), por autónomo adicional al solicitante.
  5.     50 euros, por cada trabajador asalariado del solicitante hasta un máximo de quince (15).

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En caso de agotarse, se seguirán los criterios establecidos en las bases.

 

Podrán solicitar la subvención aquellas personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención, siempre que su establecimiento comercial y domicilio fiscal se encuentren en Navalmoral de la Mata.

Las bases y las solicitudes estarán disponibles en el tablón de anuncios de la Web del Ayuntamiento. Las solicitudes, que deberán dirigirse a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, en el apartado de Tablón de Anuncios seleccionando Ayudas y Subvenciones.

La percepción de las ayudas otorga a los perceptores la obligatoriedad de mantener la actividad empresarial durante los 6 meses, como mínimo, siguientes al cobro de la subvención y en caso de optar a la subvención por tener a su cargo trabajadores, mantenimiento como mínimo de un 50% de la plantilla durante los 6 meses, como mínimo, siguientes al cobro de la subvención. En caso de incumplimiento se procederá al reintegro de la subvención.

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El pago de la subvención se hará mediante pago único, debido a la urgencia existente, de la totalidad del dinero sin necesidad de constituir garantía y con carácter previo a la justificación exigida, por lo que se exigirá una declaración jurada de que cumplen con los requisitos y luego aportar la documentación exigida.

Esta primera línea de ayudas, que se verá reforzada con otros 200.000€ y medidas directas, como la ampliación del suelo de terrazas y la derogación de las tasas para su instalación durante los ejercicios 2020 –2021.

El Ayuntamiento anota que se trata de una de las mayores ayudas por número de beneficiarios en Extremadura y una de las primeras en mandarse publicar en municipios de más de 15.000 habitantes. Lo que ha supuesto, informan, «un enorme trabajo jurídico y un ingente esfuerzo laboral y económico para el Ayuntamiento, pero que creemos necesario para ayudar a reiniciar la actividad comercial en el menor tiempo posible».

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