
Agentes del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Plasencia, interceptaron el pasado 10 de agosto a un turismo que circulaba en sentido contrario por la autovía A-5, a la altura de la localidad cacereña de Santa Cruz de la Sierra, procedente de la autovía autonómica Ex-A2, por donde también circulaba en sentido contrario. La conductora dio positivo a las pruebas de detección de drogas que le realizaron.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del pasado 10 de agosto, cuando la Central 062 de la Comandancia de Cáceres recibió aviso del 112 que a su vez había recibido varias llamadas de usuarios, alertando sobre la presencia de un turismo que circulaba en sentido contrario por la autovía autonómica Ex-A2, de Miajadas a Vegas Altas, desde la que accedió a la autovía A-5, a la altura de Miajadas, conduciendo dirección Madrid por los carriles destinados para la circulación con sentido Badajoz.
Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico localizaron al turismo y tras hacerle señales para que se detuviera, le interceptaron en el km 268 de la autovía A-5 a la altura de Santa Cruz de la Sierra trasladándole, acto seguido, fuera de la autovía para evitar mayor peligro.
La conductora de este turismo era una mujer de 44 años a la que le hicieron las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas, arrojando un resultado negativo en alcohol y positivo en drogas.
El Equipo de Investigación de Seguridad Vial de Plasencia instruyó las correspondientes diligencias y las puso a a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de Guardia, de Trujillo.
A la conductora le imputan dos delitos contra la seguridad vial
el primero por la comisión de un presunto delito de conducción temeraria recogido en el art. 380 del Código Penal, enfrentándose a una pena de prisión de 6 meses a 2 años y a la privación de conducir un vehículo a motor de 1 a 6 años, y otro por conducir bajo la influencia de drogas, recogido en el artículo 379.2 del Código Penal, que se castiga con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.








