Las actividades lectivas del curso 2022-2023 comenzarán el 6 de septiembre

La Mesa Sectorial de Educación, presidida por el secretario general de Educación, Francisco Javier Amaya, en la que están representados los sindicatos de la enseñanza, ha establecido el calendario escolar para el próximo curso 2022/2023, cuyas actividades lectivas darán comienzo el 6 de septiembre para el alumnado del primero y segundo ciclo de Infantil, Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria. El curso finalizará, con carácter general, el 19 de junio de 2023. A la reunión también ha asistido la directora general de Personal Docente, Ana Martín Martín.

En cuanto al resto de las enseñanzas, en primero y segundo de Bachillerato las clases comenzarán el 7 de septiembre y finalizan el 16 de junio, en primero, y el 13 de mayo, en segundo.

El 13 de septiembre será el día en que se inicie la actividad lectiva en el segundo curso de Formación Profesional Básica, en el segundo curso de los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior y en el primer curso de Grado Básico. El 19 del mismo mes comenzará en el primer curso de los ciclos de FP de Grado Medio y de Grado Superior. En todas estas enseñanzas, el último día de clase será el 16 de junio de 2023.

Por su parte, las actividades lectivas correspondientes a las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza se iniciarán el 3 de octubre de 2022, al igual que las de las Escuelas Oficiales de Idiomas, enseñanzas de idiomas para las que el final de las clases será el 26 de mayo de 2023.

Asimismo, el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Diseño y Música iniciará el curso escolar el 15 de septiembre de 2022 y finalizarán el 17 de junio de 2023.

Los centros, públicos y privados, que impartan Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial comenzarán la actividad académica de estas enseñanzas el día 1 de septiembre de 2022 y finalizarán el 30 de junio de 2023, pudiendo extender esta actividad hasta el día 28 de julio si, por razones académicas y organizativas, así lo requirieran la Administración educativa o el titular del centro. Las actividades lectivas deberán iniciarse no más tarde del 4 de octubre de 2022 y no podrán finalizar antes del 17 de junio de 2023.

Como en cursos anteriores, el calendario escolar incluye la adopción de medidas extraordinarias en circunstancias meteorológicas excepcionales, entendidas como tal aquellas que así se definan según los criterios establecidos en el Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOALERTA) y según la previsión de los correspondientes boletines de aviso que emita la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).

En el caso de darse dichas circunstancias meteorológicas excepcionales, las direcciones de los centros, previo informe favorable de su correspondiente Consejo Escolar, podrán acordar desarrollar actividades adaptadas a la situación meteorológica, lo que podría incluir, en su caso, la reducción de la jornada lectiva del alumnado que estuviera establecida con carácter general.

 

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